QUIT0 (Agencia Ane)._ Un Acuerdo del Ministerio del Trabajo dispone que ningún empleado sea de los gobiernos central, provincial, cantonal y empresas públicas amparados por la Ley Orgánica del Servicio Público y en los contratos colectivos, actas transaccionales, laudos de Tribunales de Conciliación y Arbitraje, podrán tener una remuneración superior a la que percibe el presidente de la República.