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Viernes, 14 Marzo 2025 01:34

PUEBLOS TAGAERI Y TAROMENANE SERAN INDEMNIZADOS

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SAN JOSE DE COSTA RICA(Agencia ANE)._La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado ecuatoriano es responsable por la violación de los derechos humanos de los pueblos Tagaeri y Taromenane que viven en las entrañas de la selva amazónica ecuatoriana.

Según la sentencia Ecuador está acusado de la violación a los derechos a la propiedad colectiva, a la libre determinación, a una vida digna, a la salud, alimentación,  identidad cultural, ambiente sano,  vivienda, a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de los Pueblos Tagaeri y Taromenane y otros pueblos indígenas en aislamiento voluntario “PIAV” habitantes de la Amazonía occidental ecuatoriana.

También en la sentencia, que se dicta después de 19 años, se lee que  el Estado ecuatoriano es  responsable  por la violación a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, la honra, dignidad, protección de la familia, de la niñez, identidad, circulación y residencia, identidad cultural, salud y a las garantías judiciales en perjuicio de dos niñas integrantes de estos pueblos.

La Corte Interamericana  para decidir  analizó  tres hechos violentos ocurridos en 2003, 2006 y 2013 que implicaron ataques a los PIAV por parte de miembros de otros pueblos indígenas o de terceros. En el tercer ataque, ocurrido en el 2013, dos niñas, hermanas entre sí, de aproximadamente 6 y 2 años de edad, fueron sacadas por los atacantes y entregadas a familias Waorani en contacto inicial.

Las hermanas fueron separadas y llevadas a vivir a diferentes comunidades. En particular, para una de ellas, en el transcurso de la tramitación de este caso, se informó de su embarazo y se dieron tensiones entre funcionarios estatales encargados de su atención, sus representantes y la propia niña.

En el caso concreto, la Corte consideró que la creación de la ZITT, con el establecimiento de una zona de amortiguamiento puede considerarse una salvaguarda efectiva del derecho de propiedad colectiva de los PIAV. Sin embargo, constató una falta a la debida diligencia del Estado en la ejecución de la delimitación de la ZITT. Asimismo, Tribunal subrayó la necesidad de contar con mecanismos efectivos que permitan eventualmente confirmar la necesidad de ampliación de la ZITT con el fin de responder a las características de movilidad propias de los PIAV. Por otra parte, la Corte también consideró que el Estado no ha dado una efectiva protección a la intangibilidad de la ZITT frente a los riesgos de intrusión de agentes externos.

Esta falta de protección, por la estrecha relación entre los PIAV y sus territorios para poder cubrir sus necesidades vitales, también implicó una violación a sus derechos a una vida digna, a la salud, a la alimentación, a la identidad cultural, a un ambiente sano y a la vivienda.

Respecto a los hechos violentos cometidos en contra de los PIAV, la Corte consideró que, frente a los hechos de 2013, si bien no fueron cometidos por agentes estatales, el Estado conocía de la situación de riesgo inmediata y del carácter inminente del ataque en contra de los PIAV, pero que las medidas tomadas no tuvieron un enfoque intercultural que pudiera evitar las acciones de retaliación por

En 1999, el gobierno ecuatoriano creó la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (“ZITT”) como una zona de conservación vedada a perpetuidad a todo tipo de actividad extractiva. La delimitación de esta área no se concretizó sino hasta 2007 por medio de un decreto que estableció, además, una zona de amortiguamiento de 10 km de ancho circundante a toda la ZITT en donde se limitan las actividades económicas.

La zona en donde se encuentra la ZITT es conocida por su riqueza petrolera y existen numerosos pozos petroleros alrededor de ella. Los hechos se centran en dos zonas de explotación: los Bloques 31 y 43, por una parte, y el Campo Armadillo, por otra. En los Bloques 31 y 43 se planteó en el año 2007 una moratoria a la explotación petrolera, sin embargo, la iniciativa no prosperó, por lo que el Poder Ejecutivo inició gestiones para declarar la zona de interés nacional con el fin de autorizar la explotación petrolera.

Luego de que se aprobara la declaratoria de interés nacional, la explotación de estos bloques fue asignada a una empresa pública. Sin embargo, como consecuencia de una consulta popular realizada el 2023, se aprobó una resolución para mantener el crudo del Bloque 43 indefinidamente bajo el subsuelo. Respecto del campo de Armadillo, a pesar de que se presentaron evidencias de presencia de PIAV en el sector, la empresa privada a cargo de su explotación consideró que, al no encontrarse este campo dentro de la ZITT o de su zona de  amortiguamiento, se les debía permitir el desarrollo de sus actividades de prospección petrolera.

 

 

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