De acuerdo con la información oficial el Primer Tribunal de la Sala Nacional dispuso la suspensión provisional de la disposición transitoria décimo primera de la Ley de Integridad Pública (LOIP) porque no está de acuerdo que se el Ejecutivo remita una lista de candidatos para integrar la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria y que se señale un plazo para que la Asamblea Nacional los designe. Tampoco está de acuerdo que esta Junta regule la transformación de cooperativas de ahorro y crédito en bancos o sociedades anónimas del sistema financiero privado.
Aduce la Corte que el artículo sobre la transformación de bancos podría causar “daños irreversibles” a las cooperativas, dado que no existiría una vía legal para revertir esa conversión una vez ejecutada.
En cuanto a la Ley Orgánica de Inteligencia, dictó medidas cautelares sobre los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55; y los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35 y 36 del Reglamento recientemente expedido que obligaban a ciudadanos y empresas — incluidas operadoras telefónicas — a entregar información al Estado.
Además se suspendieron los los artículos 6, 9, 13 y 14 de la Ley de Solidaridad Nacional, echando abajo las medidas de protección para los miembros de las fuerzas armadas y policía que libran una batalla contra las bandas criminales de narcotraficantes, extorcionadores, secuestradores dentro del conflicto armado interno.
La Corte aclaró que estas suspensiones no constituyen aún un pronunciamiento de fondo, pero buscan evitar afectaciones graves mientras se tramitan las demandas de forma completa y ordenaday anuncia que continuará con el estudio de los procesos conforme al orden cronológico de ingreso, en estricto apego al debido proceso y con base en principios constitucionales.
QUITO (Agencia ANE)._ La