En cuanto a la Ley Orgánica de Inteligencia, dictó medidas cautelares sobre los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55; y los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35 y 36 del Reglamento recientemente expedido que obligaban a ciudadanos y empresas — incluidas operadoras telefónicas — a entregar información al Estado.
Además se suspendieron los los artículos 6, 9, 13 y 14 de la Ley de Solidaridad Nacional, echando abajo las medidas de protección para los miembros de las fuerzas armadas y policía que libran una batalla contra las bandas criminales de narcotraficantes, extorcionadores, secuestradores dentro del conflicto armado interno.
La Corte aclaró que estas suspensiones no constituyen aún un pronunciamiento de fondo, pero buscan evitar afectaciones graves mientras se tramitan las demandas de forma completa y ordenaday anuncia que continuará con el estudio de los procesos conforme al orden cronológico de ingreso, en estricto apego al debido proceso y con base en principios constitucionales.
QUITO (Agencia ANE)._ La