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Jueves, 05 Marzo 2026 16:16

EXTIENDEN A 30 AÑOS PLAZO PARA CREDITOS HIPOTECARIOS

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QUITO (AgenciaANE).- Los créditos hipotecarios para la adquisición de viviendas se extienden de 25 a 30 años de plazo.

Un decreto presidencial, dispone  que la Junta de Regulación y Política Monetaria y Financiera, en el plazo de 15 días, expedirá la nueva regulación  y  requisitos para acceder a créditos hipotecarios para vivienda de interés social. Deberá  determinar  con claridad la diferencia con  los créditos establecidos para el mismo producto que oferta la banca comercial y pública.

Además el Decreto dispone  que la nueva regulación  garantizará que estos requisitos no incurran en discriminación por condición social y económica, situación laboral, origen étnico, condición de migrante retornado o migrante.

Así mismo el Decreto  reforma  el  Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 405 de 21 de abril de 2022  para regular el plan nacional de hábitat y vivienda, así como, establecer el régimen jurídico aplicable para la vivienda de interés social.

Dicho Reglamento define al subsidio parcial del Estado y crédito hipotecario con tasa de interés preferencial para las viviendas de interés social del segundo segmento como: una inversión social que hace el Estado, a través del ente rector de hábitat y vivienda, por una única vez, y que  consiste en el otorgamiento de un apoyo económico de hasta 15 salarios básicos unificados,SBU para facilitar la adquisición de vivienda

 

El Decreto  en su esencia  dispone:

"Artículo 1.- Sustitúyase en el segundo inciso del artículo 11 del Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público la frase: hasta 25 años , por la siguiente: hasta 30 años.".

"Artículo 2.- Sustitúyase en el segundo inciso del artículo 17 del Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público frase: , por la siguiente:

"Artículo 3.- Disponer a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria que, en ejercicio de las competencias previstas en el Código Orgánico Monetario y Financiero, expida, en el término máximo de quince (15) días contado a partir de la publicación del presente Decreto Ejecutivo en el Registro Oficial, las reformas normativas necesarias para adecuar las condiciones de acceso a los créditos hipotecarios destinados a vivienda de interés social y de interés público, conforme al nuevo plazo establecido en el artículo 1 del presente instrumento."

 

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