Además de esta nueva sentencia Alavrez tiene otra de 3 años por quitarse el grillete eléctrónico de control que portaba en uno de sus tobillos para vigilar sus movimientos mientras tenía libertad provisional.
El concejo municipal de Guayaquil, integrado por una mayoría de militantes del extinto movimiento político Revolución Ciudadana, decidió meses antes que Alvarez no podía perder el cargo que obtuvo vía electoral. El organismo ha sido convocado de emergencia para revisar o ratificar la anterior resolución municipal.
El Tribunal valoró todas las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, no obstante la enorme presión mediática emprendida para descalificar las mismas. Esta campaña estuvo encabezada por uno de sus abogados, Ramiro García, quien utilizó las redes sociales y algunas estaciones de televisión para desprestigiar la gestión fiscal.Este caso de corrupción querían revertirlo como si fueran acciones de persecución política del gobierno de Daniel Noboa. En esa dirección apuntaron las campañas y descuidaron los defensores desvanecer las pruebas fiscales.
Los jueces en base en las pruebas presentadas declarron la culpabilidad de Alvarez y otras ocho personas.Las más altas condenas fueron contra Alvarez, Raúl Z., Juan A., Édgar F. y Édgar C.La acusación central es que estos son responsables del delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos.
Otros sentenciados en calidad de cómplices son Lady C., Jessenia V., Carolina T. y José C. Estos deberán ir la cárcel durante dos años y dos meses.
La sentencia además alcanzó a las empresas utilizadas para estas operaciones iliegales Copedesa S.A., Corpalubri S.A., Ternape Petroleum S.A., Fuelcorp S.A., Indudiesel S.A. y Harsajudi S.A.El Tribunal dispuso su clausura definitiva y disolución.
Los sentenciados, así mismo, deberán pagar 61’ 502.658,39 dólares, como reparación integral a favor de Petroecuador y de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos. Adicionalmente deberán pagar una multa de doce salarios básicos unificados (SBU). La multa a las empresas es de 1.000 salarios básicos unificados (SBU)
Los jueces declararon inocentes a seis personas.
ORIGEN DEL CASO
La denuncia fue presentada por la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH), que alertó sobre diferencias significativas entre los volúmenes de combustible despachados y los registrados como facturados por las empresas vinculadas a Alvarez.
Con las pruebas presentadas durante el juicio, la Fiscalía demostró que, entre 2020 y 2024, se desviaron 22’ 777.191,80 galones de diésel y gasolina, lo que generó un perjuicio económico al Estado de 61´502.658,39 dólares.
Según la investigación, el mecanismo consistía en adquirir combustible subsidiado destinado al segmento automotriz y posteriormente comercializarlo en los segmentos industrial y naviero internacional, que no correspondían a su destino autorizado y en los que se comercializaba a precios superiores.
Entre las pruebas analizadas por el Tribunal constan registros de comercialización, información financiera y tributaria, información societaria, registros de despacho de combustibles, así como información proporcionada por organismos de control.
También se expusieron pericias que evidenciaron inconsistencias entre la capacidad de almacenamiento de determinadas estaciones de servicio y los volúmenes de combustible que figuraban como adquiridos.
Alvarez y los demás implicados fueron sentenciados en base a los artículos 265 y 264 del Código Orgánica Integral Penal, COIP.
GUAYAQUIL (Agencia ANE).-
GUAYAQUIL (Agencia ANE ).-
QUITO (Agencia ANE).-