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Lunes, 17 Febrero 2020 23:04

UAFE INCREMENTA MULTAS PARA QUIENES INCUMPLAN LEY DE LAVADO DE ACTIVOS

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QUITO.FEB.17.02.2020(AgenciAne)._  La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) aumentó las multas en contra de quienes incumplan la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.

 Las multas se  aplican  a todos  los sujetos  obligados pero que   no hayan  hecho   la presentación  obligatoria de   las  operaciones y transacciones establecidas en la Ley. Se incluyen  bancos, entidades y empresas bajo control de las superintendencias de bancos, compañías, sujetos naturales, organizaciones no gubernamentales, notarías.

La Resolución establece las  siguientes multas: Por entrega tardía o no entrega de información a la UAFE: faltas administrativas, Entrega tardía del reporte de operaciones y transacciones iguales o superiores al  umbral legal de 1 a 10 SBU;  incumplimiento en la entrega del reporte de operaciones y transacciones iguales o superiores al umbral legal, incluyendo la información que no haya sido validada en el umbral legal De 10 a 20 SBU; Incumplimiento en la entrega de información adicional.

El sistema financiero  nacional  deberá pagar una multa de $3600 si no cumple con las disposiciones  que tienen como  sujetos obligados  y controlados por     por la Superintendencia de Bancos; $3200 a las empresas incumplidas  que están bajo el control de la Superintendencia  Compañías, Valores y Seguros;  $3200; la multa para los sujetos obligados sin organismo de control específico,incluidas las personas   naturales obligadas a llevar contabilidad será de ,$2800.

Las fundaciones y organismos no gubernamentales también serán  multadas en $2800 si no han cumplido con la norma de declarar la procedencia de sus ingresos.Así mismo  las notarías y personales no  obligadas a llevar contabilidad pagarán  $2400  y la misma cantidad  los servidores públicos como sujetos obligados.

 Estas multas  han sido calculadas   en base a Salario básico unificado,SBU  del año  2020 y de acuerdo a  tres parámetros: tipo de infracción cometida;   valor de los factores; y,   el número de salarios básicos unificados.  También  se tomara en cuenta: la facturación mensual neta; los Activos totales; el  Patrimonio total;  y la rRemuneración mensual unificada.

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